CARGA DE HISTORICOS DE CUENTA CORRIENTE DE PRESTAMOS, EMBARGOS Y ADELANTOS
En Sueldos Net tenemos disponible el módulo de préstamos, embargos y adelantos de sueldos.
Cuando realizamos una implementación, es necesario cargar la información correspondiente a dichos conceptos para continuar de manera correcta con la retención de estos descuentos.
El primer paso es identificar en los libros de sueldos enviados por el cliente si existe alguno de estos conceptos liquidados:
- Adelantos
- Embargos por cuota alimentaria
- Embargos judiciales
- Préstamos
Una vez identificados, veamos el tratamiento para cada uno.
Adelantos de sueldos
En este caso no hace falta cargar ningún histórico ya que son adelantos que se dan mensualmente a los empleados y con cargar la novedad mensual estaría correcto para que se liquide. En las capacitaciones que va a tener el cliente le vamos a enseñar como cargar un adelanto de sueldos desde la cuenta corriente o bien desde la carga masiva de novedades.
Embargos por cuota alimentaria
En este caso al identificar que algún empleado posee una retención de embargo por cuota alimentaria hay que solicitar al cliente que nos envíe el oficio donde está el detalle de dicha retención.
En caso que el cliente no tenga el oficio, tiene que pasar las especificaciones de cómo se está calculando la retención de la cuota alimentaria.
Contando con dicha información, estamos en condiciones de dar de alta el embargo por cuota alimentaria en la cuenta corriente para que en las liquidaciones que se realicen salga en el recibo de manera correcta.
Embargos judiciales
En este caso al identificar que algún empleado posee una retención de embargo judicial hay que solicitar al cliente que nos envíe el oficio donde está el detalle de dicha retención.
Adicionalmente tiene que pasar las especificaciones del monto total a retener, lo ya retenido hasta la fecha y el saldo por retener.
Con toda esa información estamos en condiciones de poder dar de alta el embargo judicial en la cuenta corriente.

Consideraciones:
- Fecha de inicio: fecha de la primera liquidación de prueba que se va a realizar en Sueldos Net. Por ejemplo, si se liquida por primera vez el mes de septiembre 2023 en Sueldos Net en fecha de inicio pondremos 01/09/2023). No se pone la fecha de inicio del embargo que aparece en el oficio.
- Monto total: se ingresa el saldo que resta retener a partir de la primera liquidación de prueba que se va a realizar en Sueldos Net. Para determinar este importe se hace: monto total a retener acorde al oficio – retenciones ya practicadas hasta el mes inmediato previo al de la primera liquidación de prueba. Por ejemplo, si se liquida por primera vez el mes de septiembre 2023 en Sueldos Net el monto total a ingresar es el monto a retener que indica en el oficio menos lo retenido hasta agosto 2023. No se pone el monto total del oficio si ya se ha empezado a retener el mismo.
Prestamos
En este caso al identificar que algún empleado posee una retención de préstamo hay que solicitar al cliente la información del monto total prestado al empleado, la cantidad de cuotas en las que se pactó la devolución y lo ya retenido hasta la fecha.
Con toda esta información estamos en condiciones de poder dar de alta el préstamo en la cuenta corriente.

Consideraciones:
- Fecha de inicio: fecha de la primera liquidación de prueba que se va a realizar en Sueldos Net. Por ejemplo, si se liquida por primera vez el mes de septiembre 2023 en Sueldos Net en fecha de inicio pondremos 01/09/2023). No se pone la fecha de inicio del préstamo.
- Monto total: se ingresa el saldo que resta retener a partir de la primera liquidación de prueba que se va a realizar en Sueldos Net. Para determinar este importe se hace: monto total prestado al empleado – retenciones ya practicadas hasta el mes inmediato previo al de la primera liquidación de prueba. Por ejemplo, si se liquida por primera vez el mes de septiembre 2023 en Sueldos Net el monto total a ingresar es el monto total prestado al empleado menos lo retenido hasta agosto 2023. No se pone el monto total del préstamo si ya se ha empezado a retener el mismo.
- Cuotas: acá se ingresa la cantidad de cuotas pendientes que restan retener al empleado. Para determinar este número se hace: cantidad total de cuotas – cantidad de cuotas ya retenidas. Por ejemplo, si se dio un préstamo de $100.000 a devolver en 10 cuotas de $10.000 cada una, y hasta agosto 2023 ya se retuvieron 3 cuotas, entonces en monto total vamos a ingresar $70.000 y en cantidad de cuotas vamos a ingresar 7. No se pone el total de cuotas del préstamo si ya se ha empezado a retener el mismo.